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La LOPD y el uso correcto de la Videovigilancia

20th, abril, 2010 David Mena No hay comentarios

Videovigilancia

La implantación de cámaras de seguridad en las empresas en los últimos años como recurso de seguridad o de control de los empleados, ha hecho que prolifere exponencialmente la presencia de la videovigilancia en cualquier tipo de negocio. Indistintamente de los motivos que generen la instalación de estos equipos, existe una normativa básica que debe cumplirse conforme a la legislación vigente en materia de Protección de Datos. Y es que el uso no regulado de estos sistemas es uno de los motivos que más denuncia genera ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Los requerimientos legales son varios. En primer lugar, y respecto a su (1) finalidad; los sistemas de videovigilancia sólo podrán utilizarse siempre y cuando su objetivo (la vigilancia) no pueda conseguirse justificadamente mediante otros medios. La (2) instalación de estos sistemas deberá respetar la intimidad de las personas, sin resultar su acción en ningún momento invasiva y/o desproporcionada respecto a su finalidad. En este sentido, las cámaras no podrán enfocar espacios públicos, quedando destinadas sólo al control de zonas internas, salvo que resulte imposible debido a cuestiones de ubicación y uso.

(3) Información clara y eficaz. Todas las zonas vigiladas deberán ser identificadas mediante el uso de carteles enunciativos que adviertan de la presencia de las cámaras, figurando claramente en cada cartel los datos del responsable del fichero ante el que poder hacer uso de los derechos que reconoce la LOPD. Por descontando, el responsable deberá garantizar la seguridad a fin de garantizar el secreto de los datos.

Se deberá proceder a la oportuna (4) Inscripción del fichero de datos en la Agencia Española de Protección de Datos. Debe mencionarse que las grabaciones facilitadas por las cámaras no podrán guardarse por un plazo mayor a un mes. Por último, y no por ello menos importante, se actualizará el (5) Documento de seguridad con los datos relativos al sistema de seguridad instalado.

En el caso de que la seguridad sea llevada por una empresa subcontratada, además de comprobar que la empresa esté autorizada y cumple con sus obligaciones legales, se firmará un contrato de tratamiento de datos.

EVALÚA, aplicación gratuíta que permite analizar la adaptación a la LOPD de las empresas

22nd, marzo, 2010 David Mena No hay comentarios

Evalua

La Agencia Española de Protección de Datos ha presentado EVALÚA, una aplicación online desarrollada con el objetivo de medir el grado de cumplimiento de la actual Ley de Protección de Datos en las empresas.

La aplicación EVALÚA se encuentra disponible en la siguiente dirección:

http://212.170.243.77:8080/Evalua/home.seam

http://212.170.243.77:8080/Evalua/home.seam

El sistema permite realizar dos encuestas que se presentan con la finalidad de calibrar el grado de cumplimiento en cuanto a LOPD y al nivel de adaptación a las medidas de seguridad.

evalua_encuestasUna vez seleccionada uno de los dos tests disponibles, se inicia un recorrido de preguntas reunidas en cómodos bloques temáticos que facilita en todo momento su cumplimentación. Finalizado el test,  el recorrido concluye en un informe en el que se analizan ordenadamente todos los errores que han de subsanarse.

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Una de las ventajas que presenta la aplicación EVALÚA es el anonimato a la hora de usar la herramienta, por lo que cualquier puede consultar cómodamente el grado de cumplimiento a la LOPD de su empresa sin sentirse vigilado.

Visita EVALÚA.

La protección de datos en las empresas, la asignatura pendiente

6th, diciembre, 2009 David Mena No hay comentarios

Que la mayor parte de las empresas españolas no estén adaptadas a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) no es un dato que sorprenda a nadie. La LOPD es sistemáticamente ignorada por un gran número de negocios que perciben las adaptaciones como un elemento opcional y prescindible. Mientras que en el lado opuesto se encuentra una muy reducida minoría que cumple las especificaciones de la Agencia Española de Protección de Datos normalmente más por el temor a las sanciones que por una ética profesional.

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Desgraciadamente, la percepción que se tiene de la privacidad de los datos de los clientes por parte de terceros no se suele tener en cuenta como un elemento diferenciador. De hecho, frente a la política de amenazas por las sanciones derivadas del incumplimiento, el correcto seguimiento de la LOPD puede ser un valor añadido que las empresas pueden implementar en sus relaciones con sus clientes. Aumentando así la confianza de estos en nuestro negocio y forma de trabajo. De hecho se trata de un elemento que no se explota ni se potencia.

Que la principal, y prácticamente única, motivación para la gran parte de empresas sea únicamente evitar las sanciones es el rasgo sintomático de la situación real en que se encuentra este punto. El incumplimiento de la Ley de Protección de Datos acarrea sanciones que, en función a la gravedad de la infracción, oscilarán entre los 601.01€ de multa y los 601.012,10€. No obstante, no debe tomarse como la única motivación que nos impulse a llevar a cabo la adaptacíón de nuestro negocio.

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¿Cuales son las principales ventajas que podemos encontrar en una correcta adaptación a la Ley de Protección de Datos?

  • Evitar las sanciones por incumplimiento.
  • Mejora de imagen de la empresa.
  • Incremento en la seguridad de los sistemas de trabajo. Las auditorías de control son una herramienta de gran valor, ya que permiten detectar vulnerabilidades y optimizar los procesos de trabajo.
  • Sensibilización del personal interno y de su responsabilidad respecto a los datos tratados.

¿Dónde encuentro mayor información?

Nuevo proyecto: Apertura del directorio TiendasenSevilla.com

Recientemente se inauguró el último, de momento, de los proyectos propios de nuestra compañía. Se trata de un directorio de empresas y autónomos alojados en la provincia de Sevilla. Esta clara característica de identificación nos permitirá, a diferencia de la competencia en el mundo de los directorios, ir ofreciendo distintos sistemas de ventajas enfocados concretamente al mercado en la citada provincia andaluza. Podéis comenzar ya a promocionar vuestra empresa o negocio aprovechando las ventajas de este nuevo directorio, de las cuales destacamos a continuación las más notables:

  • Alta en el directorio, mantenimiento y futuros cambios en vuestras fichas completamente gratuitos.
  • Toda la información introducida en el portal, como el nombre o la descripción de su empresa, se inserta bajo unas normas especiales para que los buscadores, como Google o Yahoo puedan encontrar dicha información de la manera más rápida, facilitando la localización por parte de sus clientes.
  • Si su empresa tiene página web, el estar dado de alta en nuestro directorio le permitirá sumar puntar a su página oficial de cara a los buscadores, ayudando a que su página aparezca en mejores resultados en las búsquedas de los sistemas operativos.

El directorio del que os estamos hablando fue nombrado Tiendas en Sevilla (www.tiendasensevilla.com). Un nombre claro, conciso y de rápida memorización que ayudará a que la presencia de este portal en los viajes por la red de los sevillanos sea mas asídua. Es éste un nuevo e ilusionante proyecto que se encuentra ahora mismo despegando con ganas de usar toda su potencia para disfrutar de un agradable y largo vuelo. El viaje no ha hecho nada más que comenzar. Os damos las gracias por el apoyo de todos vosotros.

Enlace: TiendasenSevilla.com